Quiere que la Denominación de Origen ‘Miel de Campoo-Los Valles’ no sea sólo cántabra.
La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Agricultura,
impugnará legalmente las actuaciones que tuvo el Gobierno de Cantabria
para la inscripción de la Denominación de Origen Protegida 'Miel de
Campoo-Los Valles'.
Esta medida se toma después de que el Gobierno regional haya agotado la vía administrativa y por considerar que esta figura de calidad no incluye ni los enclaves de Castilla y León ni las comarcas de la Comunidad fronterizas con Cantabria que cumplen con lo establecido en los requisitos de la Denominación.
El Ejecutivo autonómico considera que debería promoverse una nueva Denominación de Origen Protegida que contemple estas zonas de Castilla y León y que al exceder el ámbito territorial de Cantabria, esta tendría que ser tramitada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Historia Esta medida se toma después de que el Gobierno regional haya agotado la vía administrativa y por considerar que esta figura de calidad no incluye ni los enclaves de Castilla y León ni las comarcas de la Comunidad fronterizas con Cantabria que cumplen con lo establecido en los requisitos de la Denominación.
El Ejecutivo autonómico considera que debería promoverse una nueva Denominación de Origen Protegida que contemple estas zonas de Castilla y León y que al exceder el ámbito territorial de Cantabria, esta tendría que ser tramitada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
El primer paso de esta iniciativa cántabra comenzó el pasado 17 de junio de 2013 cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la resolución por la que se iniciaban los trámites para la inscripción de dicha denominación en la que se incluían los términos municipales de la comarca de Campoo-Los Valles pertenecientes a Cantabria y se dejaban fuera entidades locales de Castilla y León enclavadas y fronterizas a la zona geográfica delimitada como Cezura, Lastrilla, Báscones de Ebro, Olleros de Paredes Rubias, etc…
Por este motivo, la Junta estima que la solicitud de inscripción en el registro Comunitario de la DOP no cumple con las condiciones establecidas en el reglamento correspondiente. Esta normativa incluye que para que el nombre que identifica al producto se considere denominación de origen es necesario que la descripción de la zona geográfica tradicional de producción y/o elaboración del producto que se pretende proteger se base en los factores naturales y humanos que puedan incidir en la calidad del producto y no por razones territoriales.
En opinión de la Junta, los territorios castellanoleoneses forman también parte de la zona de Campoo ya que presentan la misma diversidad floral y producen una miel con las mismas características que las establecidas en el Pliego de Condiciones de la DOP. Además, en el caso de la apicultura es complicado establecer límites geográficos estrictos de producción ya que es difícil poner límites al movimiento de las abejas.
Ante esta situación, Castilla y León presentó su oposición a la solicitud cántabra y pidió que dicha figura de calidad fuera tramitada por el Ministerio de Agricultura. Al no obtener el resultado esperado por la vía administrativa, ahora se inicia la vía legal para defender los intereses de los ganaderos.