Tendrán de plazo hasta el 30 de noviembre d e2010. Incluye las comunidades de Galicia, Navarra, Aragón, Andalucía, las dos Castillas, Cataluña, País Vasco, Asturias, Cantabria, La Rioja, Extremadura, Valencia, Murcia, Baleares y Madrid
El Boletín Oficial del Estado publica la Orden por la que define las explotaciones, animales y producciones asegurables o las condiciones del seguro para la cobertura de sequía, incendio, inundación-lluvia torrencial, viento huracanado y golpe de calor en apicultura.
A partir del uno de octubre y hasta el 30 de noviembre, los apicultores podrán contratar el seguro.
Tendrá aplicación en diversas zonas de las comunidades de Galicia, Navarra, Aragón, Andalucía, Castilla y León, Cataluña, País Vasco, Asturias, Cantabria, La Rioja, Extremadura, Castilla-La Mancha, Valencia, Murcia, Baleares y Madrid.